¿Tienes que mudarte en la cuarentena? El Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Transporte han dado algunas directrices relacionadas con las condiciones que deben cumplir los interesados que tengan que mudarse durante el aislamiento.
En el artículo 5 del Decreto 593 de 2020 y artículo 6 de Decreto 636 de 2020, se estableció, entre otros, que se debe garantizar la movilidad y el transporte de carga, el almacenamiento y la logística.
Bajo esta condición el transporte de carga está excento del aislamiento preventivo obligatorio en el que se encuentra el país. Por eso las mudanzas o trasteos podrán desarrollarse con el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Se pueden realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte de carga.
2. La mudanza solo podrá realizarse con estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad para mitigar y controlar el adecuado manejo de la pandemia.
3. Deberán atender las instrucciones para evitar la propagación del coronavirus, que hayan adoptado las entidades nacionales y las autoridades municipales en el lugar donde se encuentren.
4. Cuando se trate de la prestación del servicio público de transporte de carga estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de transporte. Las personas podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte de carga.
Esperamos que esta información les sea útil y la puedan tener en cuenta en las gestiones para su mudanza.