Teniendo en cuenta la EMERGENCIA EN SALUD PÚBLICA con ocasión de la pandemia por coronavirus decretada por la O.M.S. el 30 de enero de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 385 de marzo 12 de 2020, mediante la cual declara la Emergencia Sanitaria en todo el territorio Nacional, con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 y mitigar sus efectos.
Por esta razón y con el fin de minimizar el riesgo de contagio a través de acciones concretas de prevención, la empresa PATRIMONIOS INMOBILIARIOS da a conocer por este medio el protocolo de bioseguridad a seguir dentro de sus instalaciones físicas, en concordancia con las directrices emitidas por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Salud.
Dicha regulación aplica para todos los empleados, visitantes, proveedores, personal de aseo y mantenimiento durante el tiempo que permanezca la alerta por el COVID-19, desde el ingreso del personal a la oficina, en donde cada miembro seguirá el siguiente protocolo de acceso (que incluye el uso obligatorio de tapabocas):
1. Higienización: En este apartado, los items principales son:
Desinfección de la oficina: Cada persona será responsable de la desinfección frecuente de su puesto de trabajo. Esto incluye: desinfección de superficies de uso constante, como son los escritorios, computadores, teclados, cerraduras, citófono y demás elementos locativos. Cada vez que una persona ingrese a la oficina o a un inmueble se le aplicará gel antibacterial.
Así mismo, el equipo de trabajo de PATRIMONIOS INMOBILIARIOS contará con su respectivo kit de protección de bioseguridad (tapabocas, gel, guantes, etc). Este será suministrado y controlado por la Compañía.
En suma, el responsable de PATRIMONIOS INMOBILIARIOS y los visitantes (Máximo 2 visitantes a la vez) a los inmuebles en venta o arrendamiento, no deben tocar ninguna superficie del inmueble. Al ingreso, todos se deben aplicar gel desinfectante y conservar, en lo posible, una distancia de 2 metros.
2. Control de ingreso a la oficina:
Además del registro obligatorio (regulado bajo la Política Integral de Tratamiento de Datos, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015), se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
En la recepción del edificio, por cuenta de la administración, se tomará la temperatura a todas las personas que ingresen. Quien registre una temperatura de 38°C o más, no podrá ingresar y quedará registrada la correspondiente novedad. Mientras que,
toda la recepción de correspondencia y de paquetes será desinfectada.
No obstante, se hará registro de aquellas personas que ingresen con síntomas asociados al COVID-19 y se exigirá al ingreso y durante la permanencia en la oficina, el porte de los elementos de protección personal. Todos ellos son de uso obligatorio, cumpliendo siempre los parámetros de distanciamiento social entre personas.
Las personas que de acuerdo con los turnos asignados, deban trabajar en oficina, serán verificados diariamente, para garantizar que su estado de salud sea óptimo. Dicha verificación quedará registrada.
En lo posible no deben ingresar menores de edad y adultos mayores de 70 años; de ser estrictamente necesario su ingreso. Todo esto, tomando como referencia las recomendaciones hechas por el Gobierno Nacional.
Finalmente, en lo concerniente a las mudanzas, se debe informar a la correspondiente administración, con un mínimo de 3 días de antelación, con el fin de recibir respuesta con los requisitos a cumplir para realizar dicha mudanza.
3. PROCESO PARA MOSTRAR INMUEBLES: Además de los requerimientos obligatorios enunciados anteriormente (tapabocas, verificación de temperatura y distancia de 2 metros), es importante tener en cuenta:
El Asesor podrá usar gafas y podrá vestir un traje antifluidos junto con su careta. Así mismo, antes de ingresar al conjunto se debe realizar la toma de temperatura a los visitantes y sólo se permitirá el acceso a quienes tengan menos de 37°C. Se aplicará gel desinfectante en las manos y líquido desinfectante en los zapatos a cada uno de los visitantes y al mismo asesor antes de ingresar al conjunto y al inmueble. Para inmuebles ocupados por residentes, el asesor y los visitantes deberán usar cubre zapatos.
Cabe resaltar que, el responsable de PATRIMONIOS INMOBILIARIOS ni los visitantes a los inmuebles en venta o arrendamiento, podrán tocar las superficies del inmueble.
4. PROCESO PARA CAPTAR INMUEBLES Y TOMA DE FOTOGRAFÍAS: Para tal actividad se tendrán en cuenta también las recomendaciones establecidas en el punto #3.
El compromiso de todos los miembros de PATRIMONIOS se medirá en función del cumplimiento de las normas y medidas contenidas en el presente protocolo, así como la verificación y control en el cumplimiento de los diferentes protocolos que deben seguir los visitantes a la oficina como a los inmuebles que se mostrarán a los clientes en el transcurso de la jornada laboral.
¡En Patrimonios la salud ES PRIMERO!